Funciones
Asesoramiento legal:
Asesorar en Derecho sobre las normas aplicables a las actuaciones a realizar por los órganos de la Diputación Provincial o de sus entidades dependientes y organismos de los que forma parte.
Defensa judicial:
Representación y defensa de la Corporación y de sus entidades dependientes y organismos de los que forma parte, ante los Tribunales de cualquier orden jurisdiccional.
Bastanteo de poderes y garantías:
- Comprobación de la suficiencia de los poderes presentados para acreditar la capacidad jurídica y de obrar para contratar con la Diputación.
- Hacer constar la suficiencia y el ajuste a la legalidad de las garantías presentadas por los licitadores.
- Verificar la suficiencia y el ajuste a la legalidad de las garantías exigidas para la concesión de licencias sobre el dominio público provincial.
Información sobre el servicio de Bastanteo de poderes y garantías
- Servicio competente: Asesoría Jurídica de la Diputación Provincial.
- Dirección: C/ Pacífico, 54. Edificio B, 1ª Planta. 29004. Málaga.
- Horario: De lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
- Plazo de entrega: Al día siguiente de la solicitud.
- Teléfonos: 952 069 380 - 952 069 385
- Fax: 952 221 769
- Correo electrónico: bastanteos@malaga.es
- Impreso de solicitud
- Tramitación:
- Presencial: Mediante la entrega de la documentación original en las dependencias del Servicio Jurídico y recogida del documento de bastanteo y devolución de la documentación en las mismas oficinas, personalmente o mediante servicio de mensajería.
- Presencial anticipada: Presentando la documentación no original a través de correo electrónico o fax y recogiendo el documento de bastanteo en las dependencias del Servicio Jurídico previo cotejo con la documentación original.
Documentación necesaria
Bastanteo de poderes:
- Empresas: Escritura pública de poderes inscrita en el Registro Mercantil.
- Asociaciones: Estatutos y certificado de nombramiento inscritos en el Registro oficial correspondiente.
- Cooperativas: Estatutos inscritos en el Registro de Cooperativas y el Certificado de nombramiento del Consejo Rector, o en su caso, de los Administradores, también debidamente inscritos en el Registro de Cooperativas.
- Uniones temporales de empresarios: Escritura pública de constitución y de nombramiento de representante.
- Cualquier otra documentación adicional que modifique o altere el sentido de los anteriores.
Bastanteo de garantías para licitar:
- Licitadores: Garantía emitida por una Entidad Financiera o Compañía de Seguros según el modelo oficial, suscrita por un representante de las mismas cuyos poderes hayan sido previamente bastanteados por la Asesoría Jurídica.
- Entidades Financieras o Compañías de Seguros: Poderes (original y fotocopia) del representante de las entidades, suficientes para el otorgamiento de garantías a favor de terceros.
Bastanteo de garantías para el otorgamiento de licencias:
- Garantía emitida por una Entidad Financiera o Compañía de Seguros según el modelo de la Diputación Provincial.