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SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR EL EMPRENDIMIENTO Y LA CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO DE MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA, 2023

Diputación de Málaga

Subvenciones


SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR EL EMPRENDIMIENTO Y LA CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO DE MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA, 2023

Resolución definitiva de personas beneficiarias de la Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar el emprendimiento y la consolidación del empleo autónomo en la provincia de Málaga, anualidad 2023.

Publicada la resolución provisional de personas beneficiarias y suplentes de la Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar el emprendimiento y la consolidación del empleo autónomo 2023.

Los/as beneficiarios/as provisionales, y los/as beneficiarios/as suplentes provisionales, deberán presentar en el plazo de 10 días hábiles la siguiente documentación indicada en el artículo 8.2 de la Convocatoria:

 

1) Formulario de alta a Terceros debidamente cumplimentado y firmado con certificado digital personal del interesado/a, debiendo ser posible la comprobación de la validez de la firma digital de dicho documento. Según modelo establecido por la Diputación Provincial de Málaga, disponible en https://www.malaga.es/economiayhacienda/1556/documentos, en el apartado “documentos”. Disponible también en esta web.
2) Certificado acreditativo de la cuenta corriente, titularidad del tercero, designada por el mismo para el pago, firmado electrónicamente por la propia entidad financiera, debiendo ser posible la comprobación de la validez de la firma digital de dicho documento. En aquellos casos en los que no resulte viable al interesado/a aportar dicho certificado firmado electrónicamente por la propia entidad financiera, el documento se aportará por el interesado en soporte papel. La cuenta bancaria designada deberá ser de titularidad de la persona solicitante de la subvención.
3) Certificado de estar al corriente en las obligaciones de Seguridad Social a efectos de obtener subvención otorgada por las Administración Pública o general, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles a fecha de presentación, tras la publicación de la resolución provisional de concesión.
4) Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal a efectos de obtener subvención otorgada por las Administración Pública o general, no para contratación, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles a fecha de presentación, tras la publicación de la resolución provisional de concesión.

La documentación señalada ha de aportarse, aún cuando se hubiese autorizado expresamente a la Diputación a recabar aquellos documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, por la imposibilidad material de obtener estos documentos, extremo recogido en el art. 8 de la Convocatoria. 5. El plazo para presentación de la documentación requerida y de alegaciones, en su caso, será de 10 días hábiles a contar desde la publicación del presente Decreto conforme a lo establecido en el artículo 13 de la presente Convocatoria. Desde el 25 de septiembre al 6 de octubre, ambos días incluidos.

Se entenderá que el/la solicitante desiste de continuar en el proceso de concesión si no se presenta la documentación señalada en la forma y plazos señalados.

La Diputación Provincial de Málaga, aprobó las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar el emprendimiento y la consolidación del empleo autónomo de municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga,  por Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 4 de abril de 2023 publicadas en BOPMA el 24 de abril de 2023.

Y en fecha 12 de Junio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el extracto de la Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar el emprendimiento y la consolidación del empleo autónomo de municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, anualidad 2023 aprobadas por decreto del Presidente 2023/4115 del 26 de Mayo  de 2023.

Las presentes subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva tienen como finalidad apoyar el emprendimiento y la consolidación del empleo autónomo en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, así como la reducción de las desigualdades, la igualdad de género, el trabajo decente y crecimiento económico en el marco del cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible, mediante la subvención a los/as trabajadores/as autónomos/as y profesionales que hayan iniciado su actividad económica entre el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de presentación de la solicitud de la presente convocatoria y que mantengan el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o Mutualidad alternativa, y el alta en el ejercicio de la actividad económica subvencionada de forma ininterrumpida, durante un año, desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El importe de las subvención será una cuantía fija de 3.000,00 € para todos los beneficiarios, siendo el presupuesto total destinado para la presente convocatoria de 750.000,00 €.


La presentación de las solicitudes de subvención se llevará a cabo desde el 13 de Junio hasta el 3 de Julio de 2023, ambos días incluidos,  en la forma y lugar de establecidos en la convocatoria, preferentemente a través del trámite específico configurado para la presente Convocatoria accesible en el vínculo https://sede.malaga.es/ied-subvenautonomos2023.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES:

a) Residir en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga.
b) Desarrollar su actividad económica en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga.
c) El alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as (RETA), o tratándose de trabajadores/as pertenecientes a un Colegio profesional con mutualidad alternativa, el alta en la mutualidad, se haya producido y se mantenga de forma ininterrumpida entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de solicitud de la subvención.
d) El alta en la actividad económica (IAE) se haya producido y se mantenga de forma ininterrumpida en la misma actividad entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de solicitud de la subvención.
e) Permanecer de alta en RETA o Mutualidad, y en IAE de forma ininterrumpida durante el periodo subvencionado. Durante este periodo deberá mantenerse el alta en la misma actividad para la que se le concede la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la presente convocatoria.
f) No haber sido condenado/a por sentencia judicial firme o sancionado/a por la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias, en el plazo de los dos años previos a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención.
g) Cumplir con los requisitos fijados en esta convocatoria, y los establecidos con carácter general en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, y presenten la oportuna solicitud de subvención.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

1. Copia de DNI, NIF o, NIE (número de identidad de extranjeros) en vigor. En el caso de ciudadanos/as comunitarios/as que no tengan NIE o éste no se encuentre en vigor, presentarán copia del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y copia del Documento Nacional de Identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor.
2. Certificado/Informe de empadronamiento, con objeto de acreditar el municipio de residencia, cuya fecha de emisión no puede tener una antigüedad superior a 10 días hábiles a la fecha de solicitud.
3. Certificado de situación Censal, con objeto de acreditar el municipio en el que se realiza la actividad económica, menor de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, a cuyos efectos deberá figurar en el mismo el municipio y la fecha de alta conforme a los artículos 5.1.b) y 5.1.d) de esta convocatoria, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles el documento que acredite el alta a fecha de solicitud.
Si en la documentación aportada no figurara ningún municipio, constara un municipio mayor de 20.000 habitantes para la misma actividad económica, o se indicara que la actividad se realiza en la provincia de Málaga sin especificar municipio, la solicitud será excluida.
4. Duplicado de la resolución del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el caso de los/as trabajadores/as pertenecientes a un Colegio Profesional con mutualidad alternativa, resolución del alta en la Mutua, debiendo contener las fechas de altas previstas en el art 5.1.c) de la presente convocatoria, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles el documento que acredite el alta a fecha de solicitud.
5. Informe de vida laboral, o documento acreditativo para mutualistas, con antigüedad máxima de 10 días hábiles a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

El Anexo IV de Solicitud NO será necesario presentarlo en el caso de realizar la solicitud mediante el trámite específico habilitado en el enlace https://sede.malaga.es/ied-subvenautonomos2023. Solo deberán presentarlo los solicitantes que presenten la documentación por los otros medios especificados en el artículo 7 de la convocatoria.

Teléfonos de contacto 952 069 929 / 928 / 163