Carta de Servicios
Junta Arbitral de Consumo de Málaga
Las Juntas Arbitrales de Consumo son órganos de las Administraciones Públicas, gestionadas por personal de la Administración y compuestas por un/a Presidente/a, Mediador/a y Secretario/a.
La Junta Arbitral de Consumo resuelve los conflictos que se produzcan entre consumidores y/o usuarios/as y empresarios/as o profesionales. Formando parte del Sistema Arbitral de Consumo, presente en todas las comunidades de España.
Objetivo
Atender, tramitar y resolver todas las solicitudes de arbitraje presentadas por los consumidores/as y/o usuarios/as frente a empresarios/as o profesionales atendiendo a las normas legales de aplicación del Sistema Arbitral de Consumo. Y, el impulso, gestión, coordinación, fomento y difusión del Sistema Arbitral de Consumo.
Responsbale/Propietario
Servicio de Familia. Delagación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias.
Compromisos
- Trasladar a la Junta Arbitral de Consumo competente solicitud de arbitraje en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de entrada en la Junta Arbitral remitente de los documentos (artículo 37 Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula sistema arbitral de consumo).
- Trasladar a la empresa adherida la solicitud en un plazo máximo de 10 días desde el acuerdo de inicio del procedimiento.
- Porcentaje de solicitudes de arbitraje tramitadas.
Indicadores
- Tiempo medio en trasladar a la Junta Competente.
- Tiempo medio en trasladar a las empresas adheridas las solicitudes.
- Número de solicitudes tramitadas/ número de solicitudes presentadas x 100.
Junta Arbitral de Consumo
Junta Arbitral de Consumo
Horario de Atención: 9:00-14:00