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Subvención para la adquisición del material deportivo de federaciones y clubes | Justificación

Diputación de Málaga

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Subvención para la adquisición del material deportivo de federaciones y clubes | Justificación

El 13  de octubre de 2021 se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA) las “Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a federaciones y clubes deportivos para la financiación de gastos corrientes realizados en el desarrollo de su actividad”. Con fecha 4 de noviembre se ha publicado el extracto de la Convocatoria en el BOPMA.

El objeto de esta línea de subvenciones es la financiación de gastos corrientes en los que incurren federaciones y clubes deportivos inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas por la provincia de Málaga, siendo el régimen de concesión el de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitud y hasta agotar el presupuesto.

Recuerda: tendrán la consideración de gastos subvencionables los relacionados en el artículo 1 de las Bases ejecutados durante 2021, o que se prevean realizar.

El plazo de presentación de solicitud se iniciará al día 5 de noviembre a las 0:00 horas y permanecerá abierto hasta agotar el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta el 23 de noviembre de 2021 (incluido). La entidad solicitante deberá presentar tanto la solicitud, como cada uno de los anexos enumerados en la misma, firmados por su representante legal, facilitándose para ello los siguientes modelos (cuyo empleo es obligatorio):


[ABRIR DECLARACIÓN IVA]

 

Asimismo, tal y como recoge la Convocatoria, junto a la solicitud y anexos se deberá acompañar: Copia del DNI de la persona física que represente legalmente a la entidad solicitante, copia de la tarjeta con el NIF de la federación o club deportivo, copia de los estatutos de la entidad, declaración relativa a la recuperación/compensación del IVA y la factura de los gastos realizados (o presupuesto/factura proforma si se trata de gastos a realizar).

Importante:

  • De no ser necesaria la presentación del Anexo 7 de Alta de Terceros (por tramitación previa sin modificación), rogamos se indique en la solicitud.
  • Debe existir exacta coincidencia entre la denominación de la entidad interesada plasmada en la solicitud/anexos y la aprobada en los estatutos, así como en la tarjeta CIF.
  • El importe máximo a subvencionar no podrá ser superior a 2.500 €.

En atención a la naturaleza jurídica de las entidades beneficiarias, las solicitudes podrán presentarse únicamente por medios electrónicos:

1. En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electronico/

2. En el Registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente (Deporte) a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse dentro de la Diputación Provincial, la documentación.