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Carta de servicios

Diputación de Málaga

Carta de Servicios


Familias

Servicios


  1. Ayudas por nacimiento o adopción
  2. Ayudas para la adecuación funcional de viviendas de personas discapacitadas con movilidad reducida o mayores de 65 años.
  3. Gestión del Consejo Provincial de Familias
  4. Escuela de Familias

Funciones principales

Gestión de ayudas.

  •  Aprobación de bases reguladoras y su correspondiente convocatoria.
  •  Asesoramiento a los municipios/usuarios para la tramitación de las ayudas .
  • Aprobación de los justificantes de las subvenciones concedidas.
  • Aprobación, en su caso, de los inicios y resoluciones de reintegro

Gestión del Consejo Provincial de Familias:

  • Efectuar  las convocatorias para la celebración de las sesiones del Consejo.
  • Efectuar los nombramientos de aquellas entidades asociativas que deseen adherirse y ordenar su publicación.
  • Supervisar el cumplimiento del reglamento orgánico regulador del consejo.
  • Custodia de la documentación que se genere.

Gestión Escuela Provincial de Familias:

  • Generar contenido de la página web de la Escuela Provincial de Familias
  • Ofrecer información y orientación sobre pautas educativas y formativas a padres/madres/profesionales relacionadas con el entorno familiar.
  • Organizar talleres/ponencias/seminarios para aportar conocimientos y herramientas relacionadas con el ámbito familiar.

Legislación aplicable

  • Artículo 39 de la Constitución Española.
  • Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales  de Andalucía.
  •  Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor.
  • Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento que regula la ley de subvenciones.
  • Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo de Pleno de 21 de diciembre de 2004, y modificada por acuerdos de pleno de 31 de julio de 2007 y 21 de enero de 2015.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto 2023.
  • Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025, anualidad 2023.
  • Decreto de Presidencia 2020/4732, de 23 de noviembre, de modificación de la determinación de funciones, contenido y adscripción de Unidades Administrativas y Unidades Orgánicas a las distintas delegaciones.
  • Bases reguladoras de la correspondiente convocatoria.

Derechos de usuarios/as

Los recogidos en el artículo 53 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las AAP

  1. A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos. Quienes se relacionen con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tendrán derecho a consultar la información a la que se refiere el párrafo anterior, en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración que funcionará como un portal de acceso. 
  • A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
  • A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste.
  • A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
  • A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
  • A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
  • A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.

Obligaciones beneficiarios

Las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones:

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvenciónc) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos de:
  1. Incumplimiento total o parcial de los objetivos o actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en la forma y plazo establecido.
  2. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando las que lo hubieran impedido.
  3. Incumplimiento de la obligación de justificar o justificación insuficiente.
  4. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por el órgano concedente a las personas beneficiarias relacionadas con la ayuda.
  5. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero.

Presentación de Reclamaciones, Quejas y Sugerencias

La Diputación Provincial de Málaga con el objetivo de mejorar los servicios públicos que se prestan en Málaga y su provincia ha diseñado e implantado un sistema de reclamaciones, sugerencias e iniciativas cuyo objetivo principal es el acercamiento de los Servicios a los Municipios y a la Ciudadanía.
Las formas de acceso al trámite y el procedimiento a seguir pueden consultarse en la Sede electrónica de la Diputación de Málaga.

Medidas de subsanación

Como medida de subsanación ante las quejas referidas a incumplimientos de los compromisos recogidos en la Carta de Servicios, el/la Diputado/a responsable del Servicio afectado remitirá un escrito a la persona reclamante de las causas por las que el compromiso no pudo cumplirse y las medidas adoptadas para cubrir las deficiencias detectadas.
Para las comunicaciones que se reciban por incumplimiento de los compromisos adoptados en la Carta de Servicios, se buscarán, cuando sea posible, acciones concretas que subsanen el perjuicio causado.

Compromisos


  • Tramitar un 30 % de expedientes relativos a la ayuda por nacimiento.

  • Tramitar un 30 % de expedientes relativos a la ayuda para adecuación funcional de viviendas.

  • Obtención de al menos 2 propuestas viables al año.

  • Incremento de nº de visitas en la web respecto al año anterior.
  • Incremento nº de temáticas en la que se oferta formación respecto al año anterior.

Indicadores


  • Nº expedientes tramitados relativo a subvenciones/Nº total de expedientes totales relativos a subvenciones x 100. Al referirnos a expedientes tramitados indicamos todos aquellos expedientes que están siendo objeto de tramitación administrativa desde el Servicio.

  • Nº expedientes tramitados relativo aadecuación de viviendas /Nº total expedientes relativos a adecuación de viviendas.  Al referirnos a expedientes tramitados indicamos todos aquellos expedientes que están siendo objeto de tramitación administrativa desde el Servicio.

 


  • Nº de propuestas viables /año.

  • Nº visitas año actual-Nº visitas año anterior.
  • Nº temáticas ofertadas año en curso-Nº temáticas ofertadas año anterior.
Fecha de aprobación
24/05/2023

Delegación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias


 
C/Pacífico 54. Edificio A, Módulo B. Planta primera, 29004 - Málaga




 
952069934

 

Horario de atención: de 9:00 a15:00 horas.


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