Carta de Servicios
Junta Arbitral de Consumo de Málaga
Las Juntas Arbitrales de Consumo son órganos de las Administraciones Públicas, gestionadas por personal de la Administración y compuestas por un/a Presidente/a, Mediador/a y Secretario/a.
La Junta Arbitral de Consumo resuelve los conflictos que se produzcan entre consumidores y/o usuarios/as y empresarios/as o profesionales. Formando parte del Sistema Arbitral de Consumo, presente en todas las comunidades de España.
Objetivo
Atender, tramitar y resolver todas las solicitudes de arbitraje presentadas por los consumidores/as y/o usuarios/as frente a empresarios/as o profesionales atendiendo a las normas legales de aplicación del Sistema Arbitral de Consumo. Y, el impulso, gestión, coordinación, fomento y difusión del Sistema Arbitral de Consumo.
Responsbale/Propietario
Servicio de Familia. Delagación de Igualdad, Servicios Sociales y Familias.
Compromisos
- Dictar el correspondiente Laudo Arbitral en el plazo máximo de 80 días naturales desde el acuerdo de inicio del procedimiento (art.49 RD 231/2008; texto actualizado 2.017).
- Resolver por mediación la solicitud de arbitraje en el plazo máximo de 30 días naturales desde el acuerdo de inicio del procedimiento.
- Trasladar a la empresa adherida la reclamación en un plazo máximo de 10 días desde el acuerdo de inicio del procedimiento.
- Dar respuesta a los e-mails recibidos antes de 5 días.
Indicadores
- Porcentaje de expedientes de arbitraje resueltos en plazo mediante el dictado del Laudo.
- Porcentaje de expedientes de mediación resueltos en plazo.
- Tiempo medio en trasladar a las empresas adheridas las reclamaciones.
- Porcentaje de e-mails atendidos en plazo.
Junta Arbitral de Consumo
Junta Arbitral de Consumo
Horario de Atención: 9:00-14:00