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Préstamo Colectivo

Diputación de Málaga

Préstamo Colectivo

Las instituciones, entidades y asociaciones que deseen ser beneficiarios de los préstamos colectivos deberán firmar un acuerdo con la biblioteca en el que se especificarán las condiciones del préstamo y las obligaciones por parte del beneficiario:

  • a) Retirar y devolver a su costa, en el plazo previsto, los lotes de libros que le sean facilitados.
  • b) Designar la persona responsable de la gestión, custodia y difusión del fondo entre los usuarios.
  • c) Cumplir las normas establecidas para el préstamo y facilitar los correspondientes datos estadísticos.
  • d) Custodiar y devolver en el mismo estado los materiales retirados y, en su caso, reponer las pérdidas o deterioros de los materiales.
  • e) La duración del préstamo colectivo será de un máximo de seis meses, renovable previa petición de la entidad depositaria.

Los Organismos o Entidades que deseen beneficiarse del préstamo deberán cursar una solicitud a la Dirección de la Biblioteca indicando de forma detallada las obras que les interesen.
Las solicitudes de préstamo se pueden enviar por los siguientes medios: correo postal, correo electrónico o fax.

El préstamo a Servicios y Centros de Diputación

A los Servicios y Centros de Diputación que deseen beneficiarse del préstamo se les expedirá la tarjeta de préstamo correspondiente, a petición del Responsable del Servicio o Centro de Diputación.

El jefe del Servicio o Centro prestatario asumirá la responsabilidad del préstamo. El plazo del mismo y la devolución de las obras se regirán por lo dispuesto en el artículo 41.