Identificación y Registro de animales de compañía
DECRETO 92/2005, de 29 de marzo, Publicado en BOJA, núm. 77, de 21 de abril de 2005
El presente deccreto tiene por objeto la determinación del sistema de identificación de determinados animales de compañía. Tendrá carácter obligatorio para los propietarios de todos los perros, gatos y hurones y deberá realizarse dentro del plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento de de un mes desde su adquisición.
Se establece como único sistema válido de identificación individual el "transponder", implantado de forma subcutánea en el lado izquierdo del cuello del animal.
Los propietarios de perros, gatos y hurones están obligados a la inscripción de los mismos en el Registro Municipal de Animales de Compañía del Ayuntamiento donde habitualmente resida el animal, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento, o en el de un mes desde su adquisición.