|
La diputación provincial es la institución a la
que la Constitución de 1978 encomienda el gobierno y la administración de los municipios
de la provincia. Como entidad administrativa y
gestora local, ha cumplido desde su origen en el s.XIX, al igual que otras
instituciones públicas, un destacado papel en la conformación del estado liberal,
así como un importante eslabón en el camino hacia lo que hoy entendemos
por estado democrático, función pública y distribución territorial.
Su importancia como institución local intermedia, la adquiere a partir de la Constitución
Española de 1978, que encomienda el gobierno de la provincia a las diputaciones
provinciales. Distintas
disposiciones legales han regulado las relaciones institucionales entre las
diputaciones provinciales y la Comunidad Autónoma de Andalucía y han especificado
su ámbito de actuación y las competencias, con respecto a los
ayuntamientos de provincia, para garantizar la prestación de los servicios de asesoramiento y cooperación
a todos los ciudadanía de su territorio, y fomentar los
intereses generales de la provincia.
|
|
|
|